necesarias.

(Del lat. necessarĭus).

 

1. adj. Que forzosa o inevitablemente ha de ser o suceder.

2. adj. Que se hace y ejecuta obligado por otra cosa, como opuesto a voluntario y espontáneo.

3. adj. Se dice de las causas que obran sin libertad y por determinación de su naturaleza.

4. adj. Que es menester indispensablemente, o hace falta para un fin.

5. adj. Der. En el derecho antiguo, se decía del heredero obligado a aceptar la herencia, y especialmente cuando era esclavo o siervo del testador.

6. f. letrina.  (‖ retrete).

7. adv. m. ant. Por necesidad, necesariamente.

 

 

Mediante la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo Abre nueva ventana, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres, se establecen una serie de actuaciones que contribuyen a disminuir la desigualdad en todos los ámbitos de la vida cotidiana: empleo, empresa, conciliación de la vida laboral y familiar, investigación, solidaridad, deporte, violencia de género, etc.
 

Completando el marco jurídico, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo Abre nueva ventana, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, aboga por una igualdad de género real y efectiva en nuestra sociedad.

 

 

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